10 malas prácticas del SAT para recaudar, según Prodecon

Al llamar a los contribuyentes a cumplir con sus oblilgaciones utiliza amenazas e intimida; las invitaciones y llamados del fisco para autorregularse son inválidos, dice experto.

Fuente: cnnexpansion.com

CIUDAD DE MÉXICO (CNNExpansión) — El fisco ha buscado todas las maneras posibles para lograr que las personas y empresas paguen los impuestos que les corresponde usando la recaudación persuasiva. Este método puede incluir desde cartas, correos electrónicos, llamadas telefónicas hasta mensajes de texto.

Sin embargo la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) adviritió que algunas de las actividades de persuasión utilizadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) constituyen malas prácticas por amenazar e intimidar a los contribuyentes.

Si bien recurrir a la persuasión es correcto, dijo, la autoridad debe limitarse a informar a las personas físicas y morales sobre las obligaciones fiscales y facilitarle su cumplimiento.

“Las cartas de invitación y las llamadas de atención verbales o cualquier medio para lograr una recaudación persuasiva son inválidos hasta que no haya de por medio una auditoria fiscal que compruebe que en realidad hay discrepancia fiscal o evasión de impuestos”, dijo el abogado fiscalista Clemente Ranero.

Estas prácticas evolucionarán cuando el SAT utilice el Buzón Tributario como una vía para determinar créditos fiscales después de haber recibido la contabilidad electrónica del contribuyente, dijo el experto.

En un comunicado, la Prodecon enlistó diez malas prácticas de la autoridad, de las cuales el contribuyente debe protegerse e informar:

1.- Citar en las oficinas del SAT al contribuyente, incluso por teléfono, para que aclare “inconsistencias” respecto de uno o más ejercicios, usando como fundamento expresiones abstractas y genéricas, como que se detectaron “comportamientos atípicos”.

2.- El fisco comunica al contribuyente en esas citas, solo de manera verbal, las presuntas irregularidades.

3.- Presión contra el contribuyente para que firme una declaración en la que se compromete a autocorregirse.

Para Clemente Ranero, esto es «ilegal», el fisco no puede obligar al contribuyente a firmar o a pagar ningún crédito fiscal si no tuvo facultades de comprobación previas.

4.- Impedir el acceso a los asesores del contribuyente cuando es citado en las oficinas de las autoridades.

«El contribuyente podrá acudir con su contador a las citas, ya que es su asesor fiscal», dijo Clemente.

5.- Citar preceptos legales que contemplan procedimientos que no se llevan a cabo. Por ejemplo: en las cartas invitación por depósitos en efectivo se cita el fundamento legal de la discrepancia fiscal, sin que la autoridad haya llevado a cabo dicho procedimiento.

6.- No informar al contribuyente en forma comprensible cómo puede aclarar su situación.

«Es común que el SAT le dé al contribuyente el formato de pago prellenado y hasta la cantidad con recargos de lo que debe pagar, además de pedirle que haga una declaración complementaria. De ser así el contribuyente debe hacer caso omiso a esta acción y no dejarse intimidar», recomendó el experto fiscal.

7.- Señalar a su arbitrio el plazo perentorio para atender la “invitación”. «Es ilegal que el SAT fije plazos para que el contribuyente se autocorrija», dijo Ranero.

8.- Solicitar copiosa información y documentación fuera de facultades de fiscalización.

El contribuyente solo deberá entregar la información del periodo que el fisco le solicite, no será su responsabilidad hacer las facultades de comprobación y verificar que su situación fiscal está en orden. Eso le compete al SAT, dijo Ranero.

9.- Adjuntar a dichas solicitudes formatos no oficiales diseñados por la propia autoridad, trasladando al contribuyente la carga de auto auditarse.

10.- Notificar propuestas de pago a los contribuyentes sin precisarles las causas y el método por el que se determinaron.

«En las cartas invitación que envía el fisco falta argumentar los motivos por los cuales se acusa al contribuyente de incumplir con el pago de sus impuestos», agregó el especialista fiscal.

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