Derechos sobre extracción de petróleo ya no serán parte de la recaudación federal

Fuente: El Economista

Las reformas a la Ley de Coordinación Fiscal establecen que los derechos y los derechos adicionales o extraordinarios sobre la extracción de petróleo ya no formen parte de la recaudación federal participable.

En tanto las modificaciones a la Ley Federal de Derechos plantean destinar a la Comisión Reguladora de Energía los ingresos obtenidos por el pago de derechos por servicios para exploración y extracción de hidrocarburos.

Las adiciones y cambios fueron aprobados durante la reunión de trabajo de las comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y Energía.

Los cambios a la Ley de Coordinación Fiscal buscan actualizar el sistema nacional en la materia para empatarlo con el nuevo modelo de exploración y explotación de hidrocarburos, previsto en las leyes secundarias de energía que entrarían en vigor el 1 de enero de 2015.

En el dictamen se establece que los derechos y los derechos adicionales o extraordinarios sobre la extracción de petróleo ya no formen parte de la recaudación federal participable.

Asimismo se excluye de la recaudación federal participable al Impuesto Sobre la Renta derivado de los contratos y asignaciones para la exploración y extracción de hidrocarburos y al impuesto por la actividad de exploración y extracción de estos recursos que deberán pagar contratistas y asignatarios.

De igual forma se asienta que, adicionalmente, la recaudación federal participable estará integrada por 79.73 por ciento de los ingresos petroleros del Gobierno Federal, resultado de la suma de las transferencias desde el Fondo Mexicano del Petróleo y por los ingresos excedentes en este rubro.

Dicho porcentaje se irá aumentando gradualmente a partir del ejercicio fiscal de 2015, comenzando en 73 por ciento en ese año, 74.09 por ciento en 2016, 75.19 en 2017, y 76.28 en 2018 y a partir de este último año sea aplicable 79.73 por ciento.

También se cambia la legislación para que los municipios colindantes con la frontera o litorales por los que se realice materialmente la salida del país de los hidrocarburos reciban la transferencia que les corresponda del Fondo Mexicano del Petróleo.

Establece que la Comisión Nacional de Hidrocarburos informará mensualmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dichos montos y a cuáles municipios corresponderían.

Además, el texto establece que el Fondo de Extracción de Hidrocarburos estará conformado por los recursos que le transfiera el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.

En tanto, la Ley Federal de Derechos plantea destinar a la Comisión Reguladora de Energía los ingresos obtenidos por el pago de derechos por servicios para exploración y extracción de hidrocarburos.

Asimismo se prevé incluir los recursos derivados de asignaciones, en el régimen de ingresos del Estado, por actividades de exploración y extracción de hidrocarburos.

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